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Corte de Valparaíso revoca arresto domiciliario de exfuncionario de Conaf imputado por megaincendio de 2024

Publicado el 5 agosto 2026 @ 08:30 por Prensa UCV Radio
Editado el 4 agosto 2026 @ 21:25 por Prensa UCV Radio

El tribunal de alzada consideró que los antecedentes disponibles no permiten establecer, por ahora, un vínculo causal suficiente entre las funciones desempeñadas por el exfuncionario y los 138 fallecimientos. La nueva cautelar contempla arraigo nacional y prohibición de comunicarse con testigos.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió parcialmente el recurso presentado por la defensa de L.A.C.J., exfuncionario de la Corporación Nacional Forestal (Conaf) imputado por cuasidelito de homicidio en la arista que investiga eventuales responsabilidades institucionales por el megaincendio registrado en la Región de Valparaíso durante 2024.

En una resolución adoptada de manera unánime, el tribunal de alzada dejó sin efecto el arresto domiciliario total que había sido decretado previamente por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, modificando las medidas cautelares que deberá cumplir el imputado.

La Corte estableció que, en esta etapa de la investigación, los antecedentes expuestos no resultan suficientes para acreditar el vínculo de imputación objetiva entre la conducta atribuida al exfuncionario y el fallecimiento de las 138 víctimas que dejó la emergencia.

Según el fallo, la imputación contra L.A.C.J. se relaciona con la información que habría recibido en su calidad de funcionario y con las labores que desempeñaba en materia de monitoreo y evaluación del incendio.

Sin embargo, los ministros plantearon que el solo hecho de haber recibido información y ejercer funciones de carácter técnico no permite, por sí mismo, establecer que existió una relación causal directa con el resultado investigado.

En ese sentido, la resolución apunta a que entre las actuaciones que se reprochan al imputado y los fallecimientos intervinieron distintos organismos y decisiones que se encontraban fuera de su ámbito de control.

Corte cuestiona sustento de la medida cautelar

El tribunal también abordó la hipótesis planteada durante la investigación respecto de que una comunicación diferente o realizada con mayor anticipación por parte del exfuncionario podría haber evitado el desenlace.

Al respecto, la Corte consideró que dicha posibilidad aún no ha sido verificada mediante antecedentes objetivos y que, en el estado actual de la causa, no permitiría superar el nivel de una conjetura.

Por esta razón, los ministros determinaron que no se encuentra suficientemente fundamentado el estándar requerido para justificar una medida cautelar de la intensidad del arresto domiciliario total.

Con la resolución, el tribunal mantuvo medidas cautelares de menor intensidad: arraigo nacional y prohibición de comunicarse con testigos relacionados con la investigación.

No obstante, estas disposiciones aún no se hacen efectivas, debido a que el imputado permanece actualmente en Italia. De acuerdo con lo resuelto por la Corte, deberá cumplirlas una vez que se encuentre en territorio chileno.

La decisión no implica el término de la investigación ni modifica la calidad de imputado de L.A.C.J., sino que únicamente altera las medidas cautelares que deberá cumplir mientras continúa la indagatoria por la arista vinculada a eventuales responsabilidades institucionales en el megaincendio de febrero de 2024.

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