Corte de Valparaíso acota revisión de dispositivos de Camila Flores y fija condiciones para peritajes de Fiscalía
Editado el 2 septiembre 2026 @ 00:05 por Prensa UCV Radio
El tribunal de alzada acogió de manera unánime el recurso de amparo presentado por la senadora RN y estableció restricciones para el análisis de los equipos incautados en una investigación por presunto fraude al fisco.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió este martes el recurso de amparo presentado en favor de la senadora Camila Flores (RN) y estableció una serie de límites para la revisión de los dispositivos electrónicos incautados en el marco de una investigación por presunto fraude al fisco.
En un fallo unánime, el tribunal de alzada determinó que el Ministerio Público podrá continuar realizando las diligencias correspondientes sobre los equipos, pero deberá ajustarse a condiciones específicas para resguardar los derechos de la parlamentaria y evitar el acceso a información que no tenga relación con los hechos investigados.
Entre las medidas establecidas, la Corte ordenó que los dispositivos permanezcan bajo custodia de la Fiscalía Regional y que el Ministerio Público informe la identidad de los funcionarios que tendrán acceso a la información contenida en ellos.
Asimismo, el tribunal determinó que la revisión no podrá considerar antecedentes anteriores a la primera elección de Camila Flores como parlamentaria ni información que no tenga relación con los hechos que son materia de investigación.
La resolución también establece que la Fiscalía deberá informar cuáles serán las palabras clave utilizadas para localizar contenido relevante dentro de los dispositivos.
En caso de que durante los peritajes se hayan obtenido copias de información que se encuentren fuera de los límites fijados por la Corte y que además no tengan interés criminalístico, estas deberán ser eliminadas.
Recurso presentado por la defensa
El recurso de amparo había sido declarado admisible días atrás por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
El abogado de la senadora, Luis Masferrer, había cuestionado particularmente la posibilidad de que la Fiscalía accediera a información personal contenida en los dispositivos, incluyendo una libreta perteneciente a la hija menor de edad de Flores, quien no tendría vínculos con la investigación.
Frente a estos planteamientos, la Corte estableció que el Ministerio Público sí tiene facultades para realizar las diligencias necesarias sobre los equipos electrónicos incautados con el objetivo de avanzar en la investigación.
Sin embargo, el tribunal sostuvo que dicha facultad debe ejercerse manteniendo un equilibrio con los derechos de la persona investigada y con la protección de información que no resulte pertinente para la causa.
Por ello, la resolución ordenó al Ministerio Público “ceñirse a los límites establecidos en esta sentencia” al momento de examinar la información contenida en los dispositivos.
De esta manera, el fallo no impide que la Fiscalía continúe con los peritajes, pero establece un marco específico sobre qué información puede ser revisada, quiénes podrán acceder a ella y bajo qué criterios deberá realizarse la búsqueda, limitando el acceso a antecedentes ajenos a la investigación.
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