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Corte Suprema determina discriminación en expulsión de estudiante con autismo y sanciona a The Mackay School

Publicado el 4 septiembre 2026 @ 17:19 por Prensa UCV Radio
Editado el 4 septiembre 2026 @ 17:17 por Prensa UCV Radio

El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la fundación que administra el establecimiento de Viña del Mar y ordenó borrar la expulsión de los registros del alumno. Además, impuso una multa de 40 UTM y dispuso la publicación de la sentencia en el colegio.

Después de casi tres años de proceso judicial, la Corte Suprema confirmó que existió discriminación arbitraria en la expulsión de un estudiante con condición del espectro autista desde The Mackay School de Viña del Mar.

La resolución se remonta a un episodio ocurrido en mayo de 2023, cuando el adolescente, que entonces tenía 14 años, protagonizó un incidente con una profesora luego de que esta le retirara una pelota de golf que se encontraba utilizando.

Según los antecedentes del caso, el estudiante se levantó de su asiento e intentó recuperar el objeto. La docente posteriormente informó a la dirección del establecimiento que el joven habría introducido sus manos entre su indumentaria para quitarle la pelota, situación que aseguró haber percibido como amenazante y que le provocó angustia.

Tras el episodio, el colegio resolvió expulsar al alumno. Sin embargo, la decisión fue posteriormente cuestionada ante los tribunales y el proceso llegó hasta la Corte Suprema, que rechazó el recurso de casación presentado por la fundación administradora del establecimiento.

Con esto, el máximo tribunal ordenó que la expulsión sea eliminada de los registros del estudiante. Además, una vez que la sentencia quede firme, el colegio deberá publicar una certificación de la resolución en un lugar visible del establecimiento durante 15 días, de manera que pueda ser conocida por la comunidad escolar y los apoderados.

La sentencia también estableció que en la decisión adoptada por el colegio existió discriminación arbitraria, por lo que se impuso una multa de 40 UTM a beneficio fiscal.

Uno de los aspectos considerados por la justicia fue que, aunque el establecimiento podía recurrir a las disposiciones de la Ley Aula Segura, al analizar el caso no habría considerado adecuadamente los antecedentes relacionados con la condición del adolescente.

Padre del estudiante cuestiona cómo se abordó el caso

En paralelo al fallo judicial, el padre del joven, José Miguel Ferrand, se refirió al extenso proceso durante una entrevista realizada por el periodista y reportero Gonzalo Gallardo para el programa Contigo en Directo de Chilevisión.

Ferrand relató que los últimos años han sido especialmente complejos para su familia y, principalmente, para su hijo, debido a las consecuencias que tuvo el caso y a la exposición posterior en redes sociales.

«Ha sido un proceso largo y complicado no solo para la familia, sino principalmente para mi hijo. Agresiones verbales, todo lo que va detrás de las redes sociales, que ha sido terrible», señaló.

El padre sostuvo que, pese a las dificultades, espera que el resultado judicial sirva como precedente para otras familias que enfrenten situaciones similares y demuestre que existen mecanismos legales para buscar reparación frente a eventuales vulneraciones.

«Hoy día el proceso ha sido largo, pero ha sido con una enseñanza superior, que es la idea: que las personas que tienen estos problemas entiendan que sí puede haber un camino legal para resarcir los problemas y que la justicia ponga orden en los acontecimientos», afirmó.

Ferrand también marcó distancia respecto de una eventual crítica general al establecimiento y apuntó sus cuestionamientos hacia la forma en que determinadas personas abordaron el episodio.

«Nosotros no estamos en contra del colegio, sino que dentro del colegio hay personas que no tienen las competencias para generar este tipo de análisis o investigar lo que pasó», manifestó.

En esa misma línea, aseguró que el establecimiento conocía los antecedentes y las características particulares de su hijo, pero que estos elementos no habrían sido considerados correctamente al momento de evaluar el incidente.

«El colegio sí se preocupó. Aquí la situación pasa por personas, el colegio tenía clara la película de la situación de él. Lamentablemente, cuando se hizo el proceso no existió el debido proceso del análisis de la situación que pasó», sostuvo.

Según explicó Ferrand, la pelota de golf no era simplemente un objeto que el estudiante utilizaba durante la jornada escolar, sino un elemento que le permitía regularse frente a situaciones que podían generarle una crisis.

«Mi hijo ocupaba la pelota de golf para regularse. Lamentablemente, la profesora, que era nueva, no tenía todos los antecedentes. Entonces, a un niño con esta condición, cuando tú le retiras un elemento con el cual se controla, entra en crisis», relató.

A juicio del padre, esa situación no fue comprendida adecuadamente y terminó derivando en una decisión de expulsión que, según su versión, la familia conoció de manera abrupta.

«Sencillamente se toma la determinación de expulsarlo», afirmó.

Ferrand recordó además el momento en que la familia tomó conocimiento de la medida, señalando que inicialmente acudieron al colegio para recoger al adolescente y posteriormente fue citado a una reunión con el director del establecimiento.

«Nosotros nos enteramos cuando llegamos a recogerlo al colegio. Posteriormente me cita el director del colegio a su oficina y fue la sorpresa más grande cuando me comenta que él había llegado al colegio a ‘limpiar el colegio’. Yo no sé qué trató de decir con limpiar el colegio, pero por supuesto ahí nos dimos cuenta de que ahí estaba todo zanjado por parte de ellos», relató.

El testimonio de Ferrand se conoce luego de que la Corte Suprema estableciera que la expulsión no podía analizarse únicamente desde la conducta atribuida al estudiante, sino que también debía considerar sus antecedentes particulares y las circunstancias en que ocurrió el episodio.

Con el fallo del máximo tribunal, el establecimiento deberá cumplir las medidas ordenadas respecto de los registros del alumno, la difusión de la resolución y el pago de la multa establecida judicialmente.

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