Condenan a 12 años y seis meses de cárcel a padre por parricidio frustrado de su hijo lactante
Editado el 22 septiembre 2026 @ 20:28 por Prensa UCV Radio
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar acreditó que el acusado golpeó a su hijo de dos meses en abril de 2019, provocándole una fractura craneal y graves lesiones neurológicas que pusieron en riesgo su vida.
A 12 años y seis meses de presidio efectivo fue condenado un hombre declarado culpable de parricidio frustrado contra su hijo, un lactante de apenas dos meses y 28 días que resultó con graves lesiones tras recibir un golpe en la cabeza y el tórax.
El hecho ocurrió el 25 de abril de 2019, alrededor de las 16:00 horas, al interior del domicilio del acusado en Quilpué. De acuerdo con los antecedentes establecidos durante el juicio, el hombre se encontraba con su hijo en brazos cuando lo golpeó, provocándole una extensa fractura craneal, edema cerebral y lesiones graves en el sistema nervioso central.
La intervención médica permitió mantener con vida al menor, quien, según la acusación presentada por la Fiscalía, se encontraba en riesgo vital producto de las lesiones sufridas.
El caso fue llevado a juicio por la Fiscalía de Quilpué ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. El Ministerio Público presentó prueba testimonial, pericial y documental, además de otros antecedentes, con los que buscó acreditar tanto la responsabilidad del acusado como el carácter intencional de su conducta.
Uno de los elementos considerados por el tribunal fueron las declaraciones de los especialistas que atendieron al niño. Un pediatra que había tratado al menor cuando tenía un mes de vida descartó que las lesiones fueran compatibles con una caída accidental de baja altura.
Durante el juicio, el médico explicó que este tipo de accidentes son frecuentes entre lactantes, pero que habitualmente no generan lesiones de la gravedad observada en este caso. Según su declaración, los hallazgos clínicos no coincidían con la explicación entregada inicialmente sobre lo ocurrido.
La sentencia estableció que la lesión craneal fue provocada por un golpe propinado por el padre. El fallo reconstruyó además los momentos previos al hecho: la madre del menor ingresó a ducharse y, mientras se encontraba en el baño, escuchó un golpe seco seguido del cese repentino del llanto del bebé.
Al acudir a revisarlo, encontró al niño inconsciente y posteriormente advirtió la presencia de sangre en su boca. Los exámenes médicos confirmaron una fractura craneal extensa y difusa, acompañada de edema cerebral.
Para el tribunal, la evidencia permitió determinar que el lactante fue golpeado por su padre mientras la madre permanecía en la ducha, descartando la hipótesis de una caída accidental como explicación suficiente para las lesiones.
Tras conocerse la condena, el fiscal de Quilpué, Hernán Silva, destacó que la acusación se construyó principalmente a partir de evidencia objetiva e indicios derivados de las lesiones y las circunstancias del caso.
“Expusimos hechos objetivos e indicios potentes. Acá, tal como en los delitos sexuales, no hay dos testigos. Acá el testigo es el bebé. Lo principal son los indicios y las máximas de la experiencia”, señaló el persecutor.
Silva agregó que la gravedad de las lesiones no resultaba compatible con una caída desde una altura baja, considerando la magnitud del daño provocado.
Finalmente, la sala integrada por los magistrados Fernán Rioseco Pinochet, quien presidió, Mónica López Castillo y Claudio Correa Zacarías condenó al acusado a 12 años y seis meses de presidio mayor en su grado medio, pena que deberá cumplir de manera efectiva.
La sentencia contempla además la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el período de la condena.
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