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Tribunal ordena trasladar a exdirigente de Gendarmería desde Máxima Seguridad a módulo de Alta Seguridad

Publicado el 14 octubre 2026 @ 15:00 por Prensa UCV Radio
Editado el 14 octubre 2026 @ 00:34 por Prensa UCV Radio

El 12° Juzgado de Garantía de Santiago acogió un amparo presentado por la defensa de Álex Vega Torres, imputado en la Operación Apocalipsis II, al constatar que Gendarmería lo mantenía en un módulo distinto al dispuesto durante su formalización.

El 12° Juzgado de Garantía de Santiago ordenó a Gendarmería trasladar a Álex Vega Torres, exdirigente de la institución e imputado en la denominada Operación Apocalipsis II, desde el módulo de Máxima Seguridad al de Alta Seguridad del Recinto Especial Penitenciario de Alta Seguridad (REPAS).

La decisión fue adoptada el pasado 9 de octubre, luego de que el tribunal acogiera un recurso de amparo presentado por la defensa del imputado, quien permanece en prisión preventiva por los presuntos delitos de cohecho agravado, lavado de activos y apremios ilegítimos con resultado de muerte.

El tribunal estableció que Gendarmería no estaba cumpliendo con la ubicación penitenciaria determinada durante la audiencia de formalización, realizada el 6 de octubre, instancia en la que se había dispuesto que Vega ingresara al módulo de Alta Seguridad del REPAS.

Defensa detectó diferencia entre lo ordenado y la reclusión efectiva

La situación fue advertida por el abogado defensor Ernesto Muñoz Chambre, quien visitó a Vega el 9 de octubre y constató que continuaba recluido en el sector de Máxima Seguridad.

Ante esto, la defensa presentó telefónicamente una acción de amparo ante el tribunal, invocando el artículo 95 del Código Procesal Penal, solicitando que se hiciera cumplir la decisión adoptada durante la formalización.

La jueza Sara Elena Mardones Estuardo revisó los antecedentes y el acta de la audiencia, verificando que existía una diferencia entre la ubicación ordenada judicialmente y aquella en la que efectivamente se encontraba el imputado.

A partir de esos antecedentes, el tribunal acogió la acción y ordenó a Gendarmería cumplir estrictamente con la resolución previa, disponiendo el traslado de Vega al módulo de Alta Seguridad del REPAS.

La resolución sostiene que la gravedad de los delitos investigados no permite, por sí sola, modificar una determinación judicial específica respecto del lugar en que debe cumplirse la prisión preventiva.

El fallo no altera la medida cautelar vigente ni implica el término de la prisión preventiva, sino que modifica las condiciones y el módulo en que el imputado debe permanecer recluido.

Diferencias entre los módulos

El traslado implica un cambio en las condiciones de reclusión de Vega Torres. En el módulo de Alta Seguridad, los internos cuentan con mayores posibilidades de interacción y acceso a actividades y visitas, aunque permanecen bajo estrictas medidas de vigilancia.

En el sector de Máxima Seguridad, en cambio, las restricciones son mayores. Los internos permanecen hasta 22 horas diarias en sus celdas individuales y disponen de dos horas de patio. Las visitas se realizan mediante locutorios y con separación física a través de un vidrio, sin contacto directo con los familiares.

Estas diferencias habían sido explicadas anteriormente por el entonces ministro de Justicia, Jaime Gajardo, al referirse al funcionamiento de los distintos niveles de seguridad penitenciaria.

Investigación por la Operación Apocalipsis II

Álex Vega Torres es uno de los imputados de la investigación denominada Operación Apocalipsis II, indagatoria que involucra a funcionarios y exfuncionarios de Gendarmería por presuntos hechos de corrupción y otros delitos.

El exdirigente penitenciario fue formalizado por cohecho agravado, lavado de activos y apremios ilegítimos con resultado de muerte, antecedentes por los cuales permanece sujeto a prisión preventiva.

La resolución del 12° Juzgado de Garantía se circunscribe a sus condiciones de reclusión y establece que Gendarmería debe ajustarse a la ubicación determinada previamente por el tribunal mientras se mantiene vigente la medida cautelar.

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