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Explican el impacto de la caída del Fondo E de las AFPs

Publicado el 21 octubre 2026 @ 13:07 por Carlos Poirrier Szanto

Frente a la inquietud por los resultados recientes de los multifondos más conservadores, el académico de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Claudio Poloni, analizó por qué una pérdida en el saldo no equivale automáticamente a una menor pensión y detalla los cambios que traerá la Ley 21.735.

“No existe una regla que asegure cuándo bajarán las tasas largas, y los swaps cerrados tampoco podrán recuperar valor si eso ocurre”, indicó Claudio Poloni, jefe de carrera de Ingeniería Comercial de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (PUCV). Agregó que, por otra parte, las tasas reales más altas pueden favorecer nuevas oportunidades de inversiones y ciertas ofertas de renta vitalicia, sin que ello garantice una pensión menor.

 

La caída acumulada del Fondo E de las AFP entre enero y septiembre —equivalente a US$7.700 millones— ha sacudido el tablero y generado diversas reacciones en el mundo político y entre los afiliados. Si bien el tema no está zanjado, pues continúan pendientes acciones legales y solicitudes de distintos sectores políticos para esclarecer las causas y mitigar sus efectos, para Poloni resulta importante señalar que no existe un cálculo exacto que cruce la situación actual del Fondo E con los afiliados que efectivamente se jubilarán en los próximos dos años.

En este sentido, precisó que cumplir la edad legal no equivale a jubilarse, y que tampoco existe la obligación de permanecer en el Fondo E. Por defecto, la ley asigna el Fondo D a las mujeres desde los 51 años y a los hombres desde los 56, aunque los afiliados pueden elegir entre los fondos B, C, D o E. Una pérdida reduce el saldo, pero no permite calcular por sí sola la pensión inicial. En la modalidad de retiro programado, si la tasa técnica y otros factores se mantienen constantes, un saldo menor reduce la pensión, pero aquello no es una regla absoluta. En el caso de la renta vitalicia, influyen las ofertas de las aseguradoras: tasas de interés más altas podrían compensar parte de esa caída, aunque esto depende de diversas condiciones de contratación, precisó el académico.

Respecto de la inquietud de los afiliados sobre la estabilidad de los fondos más conservadores para quienes están ad portas de jubilarse, Poloni señaló que ni el Fondo E ni el D garantizan la conservación del valor del ahorro a todo evento. Ambos invierten en bonos, cuyos precios caen cuando suben las tasas de interés. Entre enero y septiembre de 2026, el Fondo D perdió un 6,38% real y el E un 10,39%. Cabe considerar que en 2021 ya habían registrado caídas de 10,16% y 13,11%, respectivamente; por lo tanto, las pérdidas en renta fija no son exclusivas de este episodio ni se explican solo por la estrategia de swaps. “Hoy las tasas han subido al igual que la inflación, y con ello el fondo valdría menos incluso sin considerar los swaps”, puntualizó.

El académico añadió que, durante años, la baja de tasas elevó el precio de los bonos y favoreció las rentabilidades obtenidas por los fondos. Lo anterior presenta un desafío para las nuevas inversiones que enfrentarán rendimientos menores. Bonos más largos y swaps permiten mejorar dichos rendimientos bajo ciertas condiciones. Lo que debe evaluarse es si el riesgo adicional asumido mediante bonos de largo plazo y swaps estaba justificado por el rendimiento esperado. Además, indicó que la ley exige una rentabilidad mínima de comparación entre las AFP sin un ajuste directo por riesgo, lo cual podría incentivar conductas de imitación entre las administradoras, aunque ello no explica por qué se adoptó cada posición en particular.

Consultado sobre la nueva clasificación de fondos bajo la Ley N° 21.735 —que entrará en vigencia en abril de 2027 y modificará gradualmente las inversiones según la edad del afiliado—, Poloni señaló que esto no evitará todas las pérdidas o riegos. Una caída en el precio de los bonos tampoco implica una reducción equivalente en la pensión final. Si suben las tasas de interés relevantes en Chile, puede disminuir el capital requerido para contratar una renta vitalicia. No obstante, advirtió que la compensación depende de monedas, tasas y plazos: un swap sobre tasas variables de Estados Unidos no cubre automáticamente unas tasas expresada en UF. “El nuevo diseño debe evaluarse por su efecto real sobre la pensión financiable y no solo por la variación del valor cuota, un aspecto que ha estado ausente de la discusión pública”, puntualizó.

Finalmente, el académico de la PUCV señaló que postergar la edad de pensión altera el saldo acumulado, los años por financiar y los flujos que se dejan de percibir antes de la recuperación de la rentabilidad. Asimismo, recordamos que se pueden generar nuevas cotizaciones si la persona continúa trabajando, ya que pensionarse no obliga, por regla general, a abandonar alguna forma de empleo. “No corresponde recomendar una fecha o una modalidad de pensión basándose en predicciones de tasas, actuales pérdidas o futuras recuperaciones; esto requiere revisar los antecedentes individuales y contar con asesoría previsional habilitada”, concluyó.

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