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Gobierno promulga ley que amplía herramientas de los colegios ante hechos de violencia

Publicado el 12 agosto 2026 @ 10:30 por Prensa UCV Radio
Editado el 12 agosto 2026 @ 10:08 por Prensa UCV Radio

La normativa entrega nuevas atribuciones a establecimientos y docentes para enfrentar hechos de violencia, amenazas y porte de armas, estableciendo protocolos para la revisión de pertenencias y reforzando las medidas disciplinarias.

El Presidente José Antonio Kast encabezó este miércoles la promulgación de la ley Escuelas Protegidas, iniciativa que busca fortalecer las herramientas disponibles para los establecimientos educacionales frente a situaciones de violencia, amenazas y porte de armas al interior de las comunidades escolares.

Uno de los principales aspectos de la nueva normativa es la posibilidad de que los colegios incorporen en sus reglamentos internos procedimientos para revisar mochilas y pertenencias de los estudiantes. Estas inspecciones deberán ser efectuadas por personal capacitado y respetar garantías como la privacidad, la honra, la igualdad y el debido proceso.

La legislación, sin embargo, establece que estas revisiones no podrán incluir registros corporales ni de vestimenta.

Durante la ceremonia de promulgación, Kast defendió la medida y comparó los controles en los establecimientos con los procedimientos de seguridad aplicados en los aeropuertos. En ese contexto, sostuvo que no debería existir temor frente a una revisión de las pertenencias y afirmó: “El que nada hace, nada teme”.

El mandatario también planteó que la legislación debe ser entendida como una herramienta para que las comunidades educativas puedan actuar de manera concreta frente a situaciones que alteren el normal funcionamiento de los colegios.

“Más que una ley, es una herramienta. Porque uno en la ley puede decir lo que uno quiere, pero eso te lo tiene que llevar a la práctica”, señaló.

Nuevas facultades para docentes

La denominada ley Escuelas Protegidas amplía además las atribuciones de los profesores para adoptar medidas pedagógicas, preventivas, correctivas y disciplinarias de manera inmediata cuando sea necesario mantener el orden dentro de las salas de clases.

Estas acciones deberán aplicarse bajo criterios de proporcionalidad y conforme a los reglamentos internos de cada establecimiento.

La normativa también establece que los colegios deberán prohibir elementos que dificulten la identificación facial, salvo excepciones debidamente justificadas. Asimismo, considera como una afectación grave a la convivencia escolar aquellas amenazas que puedan provocar la interrupción de las actividades académicas.

En paralelo, los padres y apoderados deberán concurrir a las citaciones relacionadas con procedimientos disciplinarios, situaciones de convivencia o hechos de violencia escolar.

Antecedentes sobre violencia escolar

La promulgación ocurre en medio de un escenario de aumento de denuncias relacionadas con hechos de violencia en comunidades educativas. De acuerdo con antecedentes entregados por el Ejecutivo, las denuncias por maltrato contra adultos ante la Superintendencia de Educación aumentaron un 58% entre 2023 y 2025, pasando de 441 a 695 casos.

A esto se suman los registros de Carabineros, que durante 2025 contabilizaron un promedio de 893 delitos asociados al porte de armas en establecimientos educacionales.

La iniciativa había sido despachada por el Congreso el pasado 2 de junio, pero posteriormente fue revisada por el Tribunal Constitucional tras requerimientos presentados por parlamentarios de oposición.

El TC determinó la eliminación de algunas de las disposiciones más cuestionadas del proyecto. Entre ellas estaba la posibilidad de que Carabineros o la Policía de Investigaciones realizaran revisiones de mochilas cuando un estudiante se negara a ellas, además de una norma que contemplaba restricciones durante cinco años para acceder a la gratuidad universitaria en determinados casos de condenas vinculadas a violencia escolar.

Tras esas modificaciones, la facultad para revisar mochilas quedó en manos de los propios establecimientos educacionales y deberá aplicarse conforme a los protocolos definidos en sus respectivos reglamentos internos.

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