Kast promulga ley que amplía a 24 horas el plazo de flagrancia para las policías
Editado el 6 octubre 2026 @ 17:31 por Prensa UCV Radio
La nueva normativa modifica el Código Procesal Penal y extiende de 12 a 24 horas el período de flagrancia para Carabineros y la PDI, mientras que la Autoridad Marítima podrá actuar hasta 48 horas. Además, incorpora nuevas facultades para obtener registros de cámaras y datos de georreferenciación.
El Presidente José Antonio Kast promulgó este martes la ley que amplía los plazos de flagrancia y entrega nuevas herramientas a las policías para actuar durante las primeras horas posteriores a la comisión de un delito.
La normativa modifica el Código Procesal Penal y extiende de 12 a 24 horas el período en que determinadas situaciones pueden ser consideradas flagrantes cuando la detención es realizada por Carabineros o la Policía de Investigaciones (PDI). Para la Autoridad Marítima, en tanto, el plazo podrá alcanzar las 48 horas.
La iniciativa corresponde al primer proyecto de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT) que logra ser despachado a ley por el Congreso. El proyecto se originó en una moción presentada por los senadores Rodrigo Galilea, Manuel José Ossandón, Rafael Prohens y Kenneth Pugh, junto al actual ministro de la Segpres, José García Ruminot.
Durante su tramitación, el Ejecutivo le otorgó urgencia suma, mientras que las diferencias entre ambas cámaras fueron resueltas mediante una Comisión Mixta. El informe de esa instancia fue aprobado por el Senado y la Cámara de Diputados en septiembre, antes de completar el proceso de control constitucional que permitió su promulgación.
Nuevas herramientas para las policías
Uno de los principales cambios es que Carabineros y la PDI contarán con más tiempo para concretar detenciones en determinadas situaciones consideradas de flagrancia.
Hasta ahora, entre los casos contemplados se encuentran aquellos en que una persona es encontrada con objetos o señales vinculadas a un delito, es identificada por víctimas o testigos, o aparece registrada cometiendo el hecho en imágenes. Con la nueva legislación, el período para actuar se amplía a 24 horas.
La ley también incorpora nuevas facultades para las policías durante las primeras diligencias investigativas. Sin necesidad de una instrucción previa del fiscal, podrán solicitar la entrega voluntaria de registros de cámaras de vigilancia de viviendas y comercios, información proporcionada por testigos y datos de georreferenciación que puedan contribuir a localizar a los responsables o elementos relacionados con un delito.
Si la persona acepta entregar los antecedentes, el funcionario policial deberá levantar un acta y proporcionar una copia. En caso de que exista una negativa, la situación deberá ser comunicada inmediatamente al fiscal correspondiente.
Las policías también tendrán la obligación de resguardar la integridad y custodia de los registros obtenidos.
Autoridad Marítima adquiere nuevas atribuciones
La normativa reconoce expresamente a la Autoridad Marítima como auxiliar de las investigaciones dirigidas por el Ministerio Público.
A partir de este cambio, podrá desarrollar actuaciones autónomas y efectuar controles de identidad a personas que se encuentren en naves, artefactos navales y recintos portuarios, además de ejercer estas facultades en el mar territorial y las aguas interiores.
El nuevo marco también establece para la Autoridad Marítima un plazo de hasta 48 horas en materia de flagrancia.
Instrucciones del Fiscal Nacional
Otro de los cambios apunta a las facultades del Fiscal Nacional, quien podrá impartir instrucciones generales sobre diligencias inmediatas aplicables a determinados delitos.
Estas instrucciones deberán precisar los delitos en que podrán utilizarse, las actuaciones autorizadas y los mecanismos de dirección, supervisión y control, además de contemplar obligaciones de transparencia y rendición de cuentas.
La norma establece que estas disposiciones deberán aplicarse resguardando la autonomía del fiscal encargado de cada investigación.
Con su promulgación, la ampliación de la flagrancia se convierte en la primera iniciativa de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo en convertirse en ley, después de que el proyecto permaneciera en tramitación legislativa por más de dos años.
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