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TC admite requerimiento de magistrados contra procedimiento de remoción de jueces

Publicado el 21 octubre 2026 @ 14:00 por Prensa UCV Radio
Editado el 21 octubre 2026 @ 13:43 por Prensa UCV Radio

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional permitirá que la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas exponga sus argumentos de fondo contra las normas que regulan los cuadernos de remoción y destitución de jueces.

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento presentado por la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas de Chile (ANMM) contra las normas que regulan los cuadernos de remoción y los procedimientos de destitución de jueces.

La acción se presentó en el contexto de los procesos impulsados por la Corte Suprema respecto de magistrados que viajaron al extranjero mientras se encontraban con licencia médica. Desde la asociación gremial sostienen que el procedimiento aplicado por el máximo tribunal no ha respetado las garantías del debido proceso.

El TC determinó que el requerimiento cumple con las exigencias constitucionales y legales necesarias para ser declarado admisible, de acuerdo con lo establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.

La resolución fue aprobada por las ministras María Pía Silva y Catalina Lagos, además del ministro René Gómez. En contra de la admisibilidad se pronunciaron los ministros Raúl Mera Muñoz y Marcela Peredo Rojas.

La abogada Elisa Walker, representante de la Asociación de Magistrados ante el TC, explicó que la presentación cuestiona la regulación contenida en el Código Orgánico de Tribunales respecto de los cuadernos de remoción y los procesos de destitución.

Según Walker, la asociación sostiene que estas normas podrían afectar garantías constitucionales vinculadas al debido proceso, el principio de legalidad, la tipicidad, la igualdad ante la ley y la inamovilidad de los jueces y juezas.

La declaración de admisibilidad no resuelve el fondo del requerimiento. A partir de esta etapa, las partes podrán presentar sus argumentos sobre la controversia y posteriormente el Pleno del Tribunal Constitucional deberá conocer el caso y adoptar una decisión.

Walker valoró que el procedimiento avance a esta fase, señalando que ahora corresponde que ambas partes expongan sus posiciones ante el Tribunal Constitucional antes de que se resuelva la presentación.

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